El IDAE ha publicado la Guía Profesional de Tramitación del Autoconsumo, una referencia específicamente útil para empresas instaladoras habilitadas, ingenierías, O&M y equipos de tramitación/comercialización. La nueva edición incorpora actualizaciones a la normativa y procedimientos autonómicos revisados, además de recoger mejoras operativas que afectan al día a día de la tramitación.
Esta guía actualiza el marco normativo y ordena la tramitación por tipologías de instalación, con esquemas de etapas y responsables. Incorpora referencias a Notificaciones Operacionales y puesta en servicio por tipos de MGE (A–D), para que la documentación y las pruebas de conformidad no se te queden cojas en el último paso. Además, refuerza el bloque autonómico con enlaces y flujogramas, además añade recomendaciones prácticas para el ámbito local (urbanismo, licencias, bonificaciones).
¿Qué modalidades y actores contempla la guía?
- Autoconsumo individual y colectivo, con combinaciones según modo de conexión y existencia de excedentes (cuadro de modalidades).
- En colectivo se puede actuar sin constituir una comunidad de energías renovables; basta un acuerdo entre consumidores. Si se constituye, puede representar a los consumidores con las autorizaciones correspondientes.
- Puede nombrarse un gestor de autoconsumo para representar a los consumidores en las gestiones; no es agente de mercado y no puede representar al productor en la venta de excedentes (modelos y notas en anexos).

¿Qué pasos de tramitación debes tener claros antes de empezar?
- Sigue la secuencia del resumen de etapas: trámites ante administraciones, distribuidora y comercializadora, diferenciando sin y con excedentes.
- En colectivo, prepara siempre el acuerdo de reparto firmado por todos y el fichero .txt de coeficientes (modelos y casuística de varios productores/instalaciones/personas jurídicas en anexos).
- Para con excedentes, consulta los procedimientos de puesta en servicio y las Notificaciones Operacionales: la guía resume requisitos y muestra los diagramas para MGE Tipo A (≤100 kW) y Tipos B–D (>100 kW); recuerda la clasificación A–D por significatividad.
- Ten presente el Registro Administrativo de Autoconsumo (inscripción de todas las instalaciones con excedentes, como procedimiento entre administraciones) y cuándo no procede la inscripción en RAIPEE para ≤100 kW.
- Revisa el capítulo por CCAA para portales, flujos y particularidades; y el bloque de tramitación local con recomendaciones sobre normativa urbanística, permisos/licencias, bonificaciones fiscales y propiedad horizontal.
En definitiva, si instalas o tramitas, esta Guía IDAE es un documento de trabajo, ya que ofrece una secuencia de trámites, roles definidos, documentación tipo y el desglose territorial y local necesario para reducir devoluciones y asegurar la puesta en servicio con rigor técnico y administrativo. Consulta el documento completo para aplicar los esquemas y anexos a tu caso.
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